viernes, marzo 30, 2007

RESOLUCIÓN Nº 039-2007-SG-PAP

PARTIDO APRISTA PERUANO
SECRETARIA GENERAL

RESOLUCIÓN Nº 039-2007-SG-PAP

VISTO el documento de fecha 4 de Diciembre 2006, remitido a esta Secretaría General por compañeros dirigentes de la Base de Ventanilla en el que solicitan, mediante Asamblea realizada, la conformación de un Comando de Acción que garantice la normal vida partidaria en Ventanilla y que mantenga movilizado al Partido en esa jurisdicción.

CONSIDERANDO:

Que la directiva Nº 021-2006-CEN-PAP/SG-DNOM, designa al Secretario General distrital como director de Campaña y lo hace responsable de la organización y movilización del Partido en su jurisdicción durante la Campaña Electoral para lograr resultados satisfactorios.

Que el Estatuto del Partido Aprista Peruano 2005, Art. 25º, establece que el Comité ejecutivo distrital tiene la obligación de convocar la Asamblea Distrital por lo menos dos veces al mes, en la que se discuta y se apruebe los lineamientos de trabajo para la acción política en el distrito.

Que el Reglamento Nacional de Organización del Partido Aprista Peruano 2005, Arts. 122º, 123º, 124º y 125º, señala que la Asamblea de Coordinación distrital es órgano conformante del Comité Ejecutivo Distrital y está conformada por los Secretarios Generales Sectorales, el Secretario General Distrital (quien la preside), el Alcalde Distrital, el Presidente de la Célula Municipal Aprista, los Regidores Distritales, los representantes apristas al Consejo de Coordinación Local y/o Presupuesto Participativo, y el Secretario de Organización (quien actúa como Secretario); siendo una de sus más importantes funciones la de determinar los lineamientos políticos del distrito, concordantes con la línea política del Partido y que dicha Asamblea se reúne ordinariamente cada tres meses.

Que el Reglamento Nacional de Organización del Partido Aprista Peruano 2005, Art. 226º, señala que la Dirección Nacional de Organización y Movilización, por ineficiencia en el ejercicio de sus funciones partidarias o por el cumplimiento de las Directivas, objetivos y/o metas encomendadas, podrá designar un Comando de Acción que garantice el normal desarrollo de la vida partidaria en la jurisdicción.

Y que habiendo el Comité Ejecutivo Distrital de Ventanilla, incumplido gravemente las Normas Partidarias antes acotadas.

RESUELVE:

Artículo Primero.- Ratificar la subrogación del Comité Ejecutivo Distrital de Ventanilla, realizada mediante Asamblea General el 30 Noviembre 2006.

Artículo Segundo.- Reconocer la conformación del Comando de Acción de Ventanilla, integrado por los siguientes compañeros:

Secretario General: c. Víctor Arbulú Balcázar
Secretario de Organización: c. Siles Vidal García
Secretario de Juventudes: c. Juan Mauricio Patiño
Secretario de la Mujer: c. María Contreras Bernabél
Secretario de Participación Vecinal: c. Esteban Albertis Osorio

Artículo Tercero.- Encargar como primera función de este Comando de Acción reconocido, la organización de la Semana de la Fraternidad 2007 en su jurisdicción.

Dado en la Casa del Pueblo a los nueve días del mes de Febrero del año dos mil siete.

Regístrese, Comuníquese, y Cúmplase.

MAURICIO MULDER BEDOYA
Secretario General CEN-PAP
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