jueves, julio 19, 2007

LA NUEVA LEY MAGISTERIAL EN 10 PREGUNTAS Y 10 RESPUESTAS

1. En términos generales ¿Era necesaria una ley para la Carrera Pública Magisterial?

El magisterio nacional requería indudablemente de un instrumento legal que asegurase su realización profesional integral. La Ley de Carrera Pública Magisterial (CPM) - debidamente aprobada recientemente por el Congreso -, proporciona a los maestros de nuestros hijos e hijas mejores oportunidades para lograr sus aspiraciones sociales, culturales y económicas. De este modo los docentes podrán contribuir en mejores condiciones al fortalecimiento de una escuela pública de calidad. Es una Ley que reconoce el derecho de los docentes a ser capacitados y a lograr su desarrollo profesional según sus propios méritos. El valor de un docente vinculado al menor que educa, debe estar dentro de del concepto de la MERITOCRACIA.

2. ¿Esta ley propicia o permite directa o indirectamente la privatización de la educación básica en alguno de sus niveles y modalidades? No existe un solo artículo en la Ley que promueva la privatización de la educación. Por el contrario, el Ministerio de Educación respeta y garantiza la irrestricta gratuidad de la enseñanza pública en todos sus niveles y modalidades. La mejor demostración de esa voluntad política es el PLAN PILOTO DE MUNICIPALIZACIÓN que es una realidad en 56 distritos. En todas ellas, la gratuidad de la enseñanza es absoluta.

3. Esta Ley establece cinco niveles en la carrera magisterial ¿Cómo ascienden de uno a otro los docentes? Los maestros ascienden del I al V nivel magisterial mediante evaluaciones periódicas, justas, técnicas, integrales y transparentes, mediante sus méritos, estudios, idoneidad, desempeño en el aula y años de experiencia. Conforme vayan ascendiendo irán incrementando sus haberes. De esta manera, al llegar al nivel V, percibirán el doble de la remuneración que perciben en el nivel I.

4. ¿Y los directores? La ley fortalece al director y subdirector al otorgarle mayores atribuciones funcionales y reconocerle una bonificación mensual del 15 y 40% de su haber total, según el turno que dirija. Para ello, contarán con un programa de formación y capacitación permanente, orientado a la función y gestión de Dirección.

5. ¿Por qué es necesaria la evaluación de los maestros? Porque identifica su desempeño profesional, méritos, formación, ejercicio ético y experiencia. Mediante estos procesos evaluativos se ingresa y se asciende en la Carrera Pública Magisterial. Mediante esta evaluación, podrán poner de manifiesto sus condiciones profesionales, psicopedagógicas y académicas, en el ejercicio de su tarea educativa. Esta es la única forma de lograr los reconocimientos económicos pertinentes

6. ¿Ofrece algún incentivo para elevar el nivel del magisterio de las áreas rurales? Sí, porque amplios grupos magisteriales podrán optar por realizar su trabajo educativo en los ámbitos rurales y de frontera. Los profesores de escuelas unidocentes de estas zonas, percibirán una bonificación adicional del 30% de su haber total y los de escuelas multigrado una bonificación del 10%. Además, el trabajo en ámbitos rurales y de frontera, le permitirá llegar más rápidamente al V nivel magisterial.

7. Algunos creen que esta ley desprestigia al magisterio ¿Qué se puede decir al respecto?

Al contrario, fortalece su imagen profesional y social, porque el ingreso, permanencia y ascenso serán por méritos, y porque posibilita la salida de aquellos profesores que atenten contra la integridad física y psicológica de los niños, niñas y adolescentes o muestren conductas inmorales y, evidencien falta de capacidad, vocación y compromiso profesional en su labor docente cotidiana. La única forma de dejar la carrera magisterial, si después de 3 evaluaciones integrales y 3 capacitaciones, continúa con sus deficiencias que no le permiten ejercer la docencia. Esta disposición estimula el buen desempeño profesional en todos sus aspectos y prestigia la carrera magisterial.

8. ¿Permite mejorar la calidad educativa? La Ley de la Carrera Pública Magisterial permite un presente y un horizonte futuro para que cada educador logre progresar mediante una carrera motivadora, estimulante y competitiva. Esto, traerá consigo que tengamos mejores maestros para avanzar hacia una educación eficiente e inclusiva, que posibilite logros de aprendizaje significativo y una consistente formación integral de los alumnos.

9. ¿Con la aprobación de esta ley se está cumpliendo con el Proyecto Educativo Nacional-PEN, elaborado por el Consejo Nacional de Educación-CNE, y aprobado por el gobierno actual? La Ley de la Carrera Pública Magisterial – fruto de un proceso participativo, técnico plural y amplio, que viene desarrollándose hace tres años – es un paso importante, todo esto en concordancia con el Objetivo 3 del Proyecto Educativo Nacional-PEN y la Ley General de Educación vigente, para la revaloración docente y para coadyuvar a mejorar la educación pública.

10. ¿Esta ley se ha debatido? Es fruto de un proceso amplio, plural y técnico que viene desarrollándose hace más de tres años y continúa en ese esfuerzo. Ha sido materia de aprobación por el Consejo de Ministros del Gobierno anterior y actual. Han participado el Consejo Nacional de Educación, el gremio magisterial, instituciones y líderes de Lima y de todas las regiones en el tema educativo. Además de ello, en el Congreso Nacional, la Comisión de Educación desarrolló un Programa de Audiencias y Debate, en Lima y el interior del país.

¡ EL PERÚ AVANZA. SIN ODIOS Y SIN VIOLENCIA… !

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