El magisterio nacional requería indudablemente de un instrumento legal que asegurase su realización profesional integral.
2. ¿Esta ley propicia o permite directa o indirectamente la privatización de la educación básica en alguno de sus niveles y modalidades? No existe un solo artículo en
3. Esta Ley establece cinco niveles en la carrera magisterial ¿Cómo ascienden de uno a otro los docentes? Los maestros ascienden del I al V nivel magisterial mediante evaluaciones periódicas, justas, técnicas, integrales y transparentes, mediante sus méritos, estudios, idoneidad, desempeño en el aula y años de experiencia. Conforme vayan ascendiendo irán incrementando sus haberes. De esta manera, al llegar al nivel V, percibirán el doble de la remuneración que perciben en el nivel I.
4. ¿Y los directores? La ley fortalece al director y subdirector al otorgarle mayores atribuciones funcionales y reconocerle una bonificación mensual del 15 y 40% de su haber total, según el turno que dirija. Para ello, contarán con un programa de formación y capacitación permanente, orientado a la función y gestión de Dirección.
5. ¿Por qué es necesaria la evaluación de los maestros? Porque identifica su desempeño profesional, méritos, formación, ejercicio ético y experiencia. Mediante estos procesos evaluativos se ingresa y se asciende en
6. ¿Ofrece algún incentivo para elevar el nivel del magisterio de las áreas rurales? Sí, porque amplios grupos magisteriales podrán optar por realizar su trabajo educativo en los ámbitos rurales y de frontera. Los profesores de escuelas unidocentes de estas zonas, percibirán una bonificación adicional del 30% de su haber total y los de escuelas multigrado una bonificación del 10%. Además, el trabajo en ámbitos rurales y de frontera, le permitirá llegar más rápidamente al V nivel magisterial.
7. Algunos creen que esta ley desprestigia al magisterio ¿Qué se puede decir al respecto?
Al contrario, fortalece su imagen profesional y social, porque el ingreso, permanencia y ascenso serán por méritos, y porque posibilita la salida de aquellos profesores que atenten contra la integridad física y psicológica de los niños, niñas y adolescentes o muestren conductas inmorales y, evidencien falta de capacidad, vocación y compromiso profesional en su labor docente cotidiana. La única forma de dejar la carrera magisterial, si después de 3 evaluaciones integrales y 3 capacitaciones, continúa con sus deficiencias que no le permiten ejercer la docencia. Esta disposición estimula el buen desempeño profesional en todos sus aspectos y prestigia la carrera magisterial.
8. ¿Permite mejorar la calidad educativa?
9. ¿Con la aprobación de esta ley se está cumpliendo con el Proyecto Educativo Nacional-PEN, elaborado por el Consejo Nacional de Educación-CNE, y aprobado por el gobierno actual?
10. ¿Esta ley se ha debatido? Es fruto de un proceso amplio, plural y técnico que viene desarrollándose hace más de tres años y continúa en ese esfuerzo. Ha sido materia de aprobación por el Consejo de Ministros del Gobierno anterior y actual. Han participado el Consejo Nacional de Educación, el gremio magisterial, instituciones y líderes de Lima y de todas las regiones en el tema educativo. Además de ello, en el Congreso Nacional,
¡ EL PERÚ AVANZA. SIN ODIOS Y SIN VIOLENCIA… !
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