El ex presidente explica como el informe aprobado por la Megacomisión busca eliminar un posible adversario electoral
Por Alan García Pérez
La mayoría de la comisión investigadora ha tenido un solo propósito, que es dañar mi imagen para impedir una posible candidatura. Pero tras 26 meses ha reconocido, al igual que la Fiscalía de la Nación, que no existe delito o irregularidad respecto a mi patrimonio, bienes o rentas. Y además el Poder Judicial, en dos instancias inapelables, ha declarado nulos su procedimiento y conclusiones.
1. En el caso de BTR, se me imputa infracción constitucional y delito por presunta injerencia política. Falso. Esto ha sido ya rechazado en sentencia del 3 de octubre del 2012 de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que señala que “la Dirandro efectuó las investigaciones por disposición del Ministerio Público, consecuentemente, no existen indicadores objetivos y acreditados que puedan indicar que, en la presente investigación, aconteció una reprochable manipulación política”.
Se me acusa por “haber permitido ilegalmente” el ingreso de fiscales a un local de la Marina donde se realizaban interceptaciones. Falso. El Poder Ejecutivo, al amparo del Art. 159,4 de la Constitución, autorizó ese ingreso a una oficina del Estado (La Marina) para que los fiscales cumplieran su labor y eso permitió, por primera vez, descubrir y sancionar judicialmente una red de interceptación telefónica. De haberme opuesto a ello, hubiera cometido el delito de encubrimiento.
2. Respecto al caso de Agua para Todos, se me acusa de infracción constitucional y de asociación ilícita para delinquir por promulgar la Ley 28870, que fue aprobada por el Congreso y, con ella, declarar en emergencia el sector saneamiento para tener procedimientos más rápidos en las obras. Falso. La promulgación de esa ley retirando las observaciones hechas por el gobierno anterior un día antes de concluir no es un delito. Tampoco lo es dictar decretos de urgencia y decretos supremos para su cumplimiento. Si eso fuera delito, el Congreso que no anuló esos decretos y el Tribunal Constitucional que no los invalidó también deberían ser acusados.
Además, el D.S. 024-2006-Vivienda, cuestionado por la comisión, está vigente y ha sido utilizado por el actual gobierno. Y según esa norma, las municipalidades y empresas de saneamiento regional fueron las responsables de contratar las obras y supervisarlas. El despacho presidencial nunca manejó recursos ni participó en los procesos de contratación y la Contraloría General de la República efectuó la supervisión y vigilancia de la gestión y utilización de esos fondos.
3. En el caso de los colegios emblemáticos, es tan falso que el Decreto de Urgencia 004-2009, que permitió su construcción, sea ilegal o delictivo, que el actual gobierno ha contratado gracias a él más de S/.650 millones, lo cual demuestra su legalidad y utilidad. Además, una resolución en dos instancias del Ministerio Público ya ha declarado definitivamente que no existe irregularidad o sobreprecio en su construcción.
4. Respecto al tema de indultos y conmutaciones de pena, se me acusa de violación de la Constitución y de “encubrimiento personal”. Falso. La reducción de penas y concesión de indultos es atribución exclusiva de la presidencia, a propuesta del Ministerio de Justicia. Y en ninguno de los casos se ha transgredido las leyes que prohíben beneficios a terroristas, violadores o secuestradores, ni se ha probado beneficio económico alguno para la Presidencia de la República. Si se demostrara algún delito de funcionarios menores, debe dirigirse a ellos la denuncia sin involucrar a la presidencia, pues en ese caso tanto el actual presidente como los anteriores deberían responder penalmente por los delitos de sus subordinados.
Es falso que no se haya combatido el narcotráfico: se incineraron 135 toneladas de drogas incautadas, se erradicaron 61 mil hectáreas de coca, se destruyeron 10 mil pozas de maceración, se formalizó la creación de la Procuraduría Antidrogas y se emitió la Ley de Pérdida de Dominio contra bienes del narcotráfico. De 30.000 solicitudes de indulto y reducción de pena solo se atendieron 5.000. El número de los involucrados en tráfico de drogas se debe a que es el segundo delito en número de internos en el país (27% del total y 80% en Ayacucho). Y en todos los casos se contaron con los informes médicos, penitenciarios y del Ministerio de Justicia.
Mis apuntes de puño y letra (visto bueno y rúbrica) en todos los expedientes que existen en el Ministerio de Justicia demuestran transparencia y no son elemento alguno de comisión de delito, como ya lo ha resuelto definitivamente la Fiscalía de la Nación en su resolución del 4 de enero del 2014, al rechazar una denuncia de la Procuraduría Anticorrupción señalando: “No existe elemento probatorio alguno mínimo respecto a actos delictivos de Alan García y tampoco indicios de una red delictiva”.
En conclusión, no hay ningún argumento válido que sustente la acusación de delito ni la de infracción constitucional contra mí. Además, según resolución del Tribunal Constitucional, no se ha dado aún la norma que enumere cuáles son las infracciones a la Constitución y sin ella no se puede inhabilitar a nadie. Adicionalmente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha dispuesto que la inhabilitación política solo procede después de una sentencia definitiva del Poder Judicial. De lo contrario, una mayoría política parlamentaria podría decidir de manera abusiva y antidemocrática la liquidación electoral de sus rivales, como pretende el humalismo. Así, el informe aprobado por la mayoría gobiernista (4 congresistas) es solo un pretexto para eliminar un posible adversario electoral, pero la ley y la justicia no permitirán tal abuso. Como escuché a Fernando Belaunde: “El golpe bajo beneficia al que lo recibe”.
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